RECORDAMOS QUE DE ACUERDO A LAS NORMAS ESTATUTARIAS, SOLAMENTE PODRÁN CONCURRIR Y PARTICIPAR UN DELEGADO/A TITULAR POR CADA INSTITUCIÓN AFILIADA DEBIDAMENTE AUTORIZADO/A AL ÚNICO Y ESPECÍFICO EFECTO, MEDIANTE UNA “CARTA PODER” REDACTADA EN PAPEL MEMBRETADO DE LA ENTIDAD, SUSCRITA POR SU PRESIDENTE Y SECRETARIO Y CON SELLOS ACLARATORIOS.
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